Zapala: Se conocen más estafas en la CEEZ, un empleado del EPEN involucrado

Un ex integrante del Consejo de Administración de la Cooperativa de Energía Eléctrica de Zapala -CEEZ- y actual empleado del EPEN está acusado de cobrar salarios en forma indebida en la Cooperativa.

Se trata de Mario Sáez (foto) quien, de acuerdo a la acusación que sostiene el fiscal Marcelo Jofré, se habría desempeñado entre septiembre de 2016 y julio de 2017, momento en el cual presentó la renuncia al cargo que ocupaba dentro de la Cooperativa.

La reglamentación vigente prohíbe esta doble función que fue denunciada en noviembre del año pasado por delegados de la Cooperativa, tanto en el ente provincial como en el Consejo de Administración de la CEEZ.

Un dictamen del EPEN advierte de esta situación, sin embargo y a sabiendas de que estaban cometiendo una infracción las autoridades de la CEEZ, no dieron lugar al reclamo y continuaron beneficiando económicamente a Sáez con la posibilidad de que perciba haberes en los dos entes eléctricos.

Según trascendió, Sáez percibía un sueldo del orden de los 9.000 pesos de la Cooperativa zapalina mientras paralelamente seguía recibiendo el salario como trabajador del EPEN. De acuerdo a una estimación inicial de la fiscalía, el perjuicio para la CEEZ habría sido de alrededor de 87.000 pesos.

“De acuerdo al estatuto no podía percibir un ingreso adicional. Debió haber solicitado una licencia sin goce de haberes dentro del EPEN para desarrollar sus funciones en la Cooperativa”, señaló una fuente judicial, en diálogo con “Río Negro”.

El reclamo que había sido presentado en el EPEN, tuvo su resolución y fue la Unidad Técnico Jurídica del organismo quien emitió un dictamen en Diciembre de 2016, donde señala que efectivamente la situación de Mario Edgar Sáez y este doble cargo estaría comprendido en la previsión del “Articulo 4,2 del Capítulo 4 del Título II, del Convenio Colectivo de Trabajo vigente para el personal del Ente aprobado por la Ley Provincial 2973”.

Además, hace hincapié en la previsión del “Articulo 73 del Estatuto Social de la CEEZ, que establece los deberes y atribuciones del Consejo de Administración, y del cual se desprende que podría presentarse una situación de intereses contrapuestos en el desarrollo de la función de Consejero, máxime cuando este Ente es proveedor de la cooperativa y mantiene una relación comercial con la misma.”

La incompatibilidad en las tareas de Sáez, se dan a partir de su condición de empleado del EPEN, proveedor de energía dela Cooperativa Eléctrica, donde también este, ocupaba hasta julio de este año un cargo en el Consejo administrativo.

En el Convenio Colectivo de Trabajo del EPEN se expresa que a los trabajadores de la empresa que hayan sido electos para ocupar cargos o sindicaturas en cooperativas de servicios públicos, se les concederá una licencia extraordinaria sin goce de haberes y de carácter obligatorio mientras dure el mandato. 

Foto: zapala8340.com

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