El TSJ propone un incremento del 25% en tasas judiciales

El presidente del Tribunal Superior de Justicia, Elosú Larumbe, presentó un proyecto de ley para incrementar las tasas por el servicio de justicia. La propuesta implica la modificación de la Ley Impositiva para aumentar en 25% ciertas tasas en relación a los valores actuales fijados por ley.

El proyecto modifica tasas de recaudación sobre trámites y servicios sobre la propiedad del inmueble (Título V de la Ley Impositiva), así como también ante el Registro Público de Comercio (Título VII) y, por último, ante el Archivo General, el Registro de Juicios Universales y otras actuaciones administrativas y servicios del cuerpo médico forense (Título VIII).

En relación a las tasas de la Dirección General de Registro de la Propiedad Inmueble, además de actualizar valores por distintos servicios, se incorporan una serie de actos que no están contemplados en la ley vigente, sobre los que recaerán las nuevas tasas. Se trata del cobro de una tasa fija por la readjudicación de unidades funcionales a las que se les cobrarán por cada unidad; por la inscripción de modificación del estado constructivo por unidad y, finalmente, por la anotación de reconocimiento de hipoteca por inmueble.

En cuanto a las tasas retributivas de la Dirección General de Registro Público de Comercio, se exceptúa del cobro de la alícuota por contrato social a las Sociedades por Acciones Simplificadas y se fija una tasa diferencial para la inscripción de dichas sociedades. En tanto, por disolución de contratos asociativos se cobrarán 2.250 pesos, ítem contemplado en leyes impositivas anteriores y eliminado en la última sanción. En el marco de las obleas de dicho Registro, se establece, por último, un monto fijo por fotocopiado de vista de los legajos a los efectos de evitar que el usuario se dirija dos veces al banco a abonar (una previa a la vista del expediente y otra posterior), tal como ocurre actualmente.

Por último, también sufren un aumento tasas retributivas del ‘Archivo General, registro de Juicios Universales y otras actuaciones administrativas y servicios del Cuerpo Médico Forense’; al tiempo que se eliminan ciertos incisos “adecuándose conceptualmente a los requerimientos de estos tipos de estudios”.

Los fundamentos destacan que el proyecto se elaboró en base a los principios de igualdad, proporcionalidad, generalidad y no confiscatoriedad que constituyen los pilares del principio de capacidad contributiva que se pretende.

El proyecto de ley N°11.234 ingresó por mesa de entradas el 13 de noviembre de 2017 con la firma del presidente del TSJ, Alfredo Elosú Larumbe.

Loading

Print Friendly, PDF & Email